Cómo comprobar que un reformista está dado de alta
No hay registro público de autónomos, pero sí uno oficial de empresas de construcción que puedes consultar gratis. Sus límites y qué pedir.
⚠️ Esto es información general, no asesoramiento jurídico ni fiscal
Esta página cita una ley estatal y procedimientos oficiales vigentes en la fecha indicada al pie, y reproduce literalmente lo que dicen. No determina si una obra concreta entra en el ámbito de esa ley, porque eso depende del trabajo contratado y de circunstancias que esta página no conoce. Para una decisión con consecuencias legales o económicas, consulta a un profesional. Las fuentes están al final, con su fecha de lectura.
La respuesta corta
No existe ningún registro público donde puedas teclear un nombre y ver si esa persona está de alta en Hacienda o en la Seguridad Social. Son datos protegidos y no se publican. Los nueve métodos que proponen los artículos que rankean hoy para esta búsqueda tienen todos la misma forma: pedirle a la persona un documento, o su consentimiento.
Pero en construcción sí hay un registro público, gratuito y oficial que puedes consultar tú mismo en medio minuto, y ninguno de esos artículos lo menciona: el Registro de Empresas Acreditadas del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Se consulta con el CIF de la empresa o el NIF del autónomo, sin certificado digital, sin usuario y sin registrarte.
Y tiene un límite que hay que conocer antes de usarlo, porque si no se malinterpreta el resultado: la obligación de inscribirse alcanza a las empresas y a los autónomos con asalariados. Un autónomo que trabaja solo no está obligado, así que un «no inscrita» no es automáticamente una mala señal.
El registro que sí puedes consultar tú
El Registro de Empresas Acreditadas (REA) nace de la Ley 32/2006, de subcontratación en el sector de la construcción. Su consulta pública está en el portal del Ministerio de Trabajo y Economía Social:
https://expinterweb.mites.gob.es/rea/pub/consulta.htm
Pide dos campos, los dos obligatorios: Tipo Identificador —un desplegable con CIF, IED, NIF, NIE, PASS y REA— y Nº Identificador. La propia página lo explica así: «Para consultar la acreditación de una empresa necesita conocer su nº de identificador que puede ser de varios tipos: CIF de la Empresa, NIF o NIE del autónomo, IED (Identificador de empresa desplazada) o REA». No pide certificado digital, ni usuario, ni darse de alta, y agrega los datos de los registros autonómicos «exceptuando los datos relativos a la intimidad de las personas».
O sea: basta con que le pidas el CIF a quien te va a presupuestar. Un CIF no es un dato sensible: tiene que aparecer en cualquier factura y en cualquier contrato. Si alguien se resiste a dártelo, eso ya es información.
Qué significa estar inscrito
Según las preguntas frecuentes oficiales del propio registro, la inscripción acredita tres cosas:
- «Disponer de infraestructura y medios adecuados para llevar a cabo la actividad».
- Que el personal cuenta con «la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales».
- Que la empresa mantiene «una organización preventiva adecuada».
No es un sello de calidad de acabados ni una valoración de clientes. Es una acreditación ante la autoridad laboral de que la empresa existe como empresa, con medios propios y con la prevención organizada. Que es exactamente lo que no tiene quien va a mandar a tu casa a dos personas sin formación y sin seguro.
La Ley 32/2006 exige además, en su artículo 4.1, que la empresa tenga «una organización productiva propia», cuente «con los medios materiales y personales necesarios», asuma «los riesgos, obligaciones y responsabilidades propias del desarrollo de la actividad empresarial» y ejerza «directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado por sus trabajadores en la obra». Y en el 4.2, que además de eso esté «inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas».
Un detalle que caduca: la inscripción tiene fecha
Las preguntas frecuentes oficiales lo dicen: «La inscripción en el Registro tendrá un periodo de validez de 3 años renovables por períodos iguales», la renovación se pide «dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez», y si no se renueva la empresa «figurará como no inscrita».
Traducido: una empresa que estuvo inscrita hace cuatro años y no renovó aparece igual que una que nunca se inscribió. Por eso la consulta se hace el día que vas a firmar, no «alguna vez».
Cómo leer un resultado negativo sin equivocarse
Si la consulta dice que no está inscrita, hay al menos dos explicaciones y no son la misma cosa:
| lectura | qué significa |
|---|---|
| No está obligado | Es un autónomo sin asalariados. La obligación oficial alcanza a «todas las empresas y los trabajadores autónomos con asalariados, que pretendan ser contratadas o subcontratadas para realizar trabajos en una obra de construcción». Si trabaja solo, puede no tener nada que registrar |
| Está obligado y no lo ha hecho, o le ha caducado | Tiene gente contratada y no aparece. Es un motivo legítimo para preguntar, por escrito y antes de firmar |
No conviertas la ausencia en una acusación, pero tampoco la ignores. La pregunta correcta es corta: «¿tienes personal contratado para esta obra?». Si la respuesta es sí y el REA dice que no está inscrita, ahí hay algo que aclarar.
Y al revés: si sale inscrita, ya sabes tres cosas que no sabías, sin haber pedido ningún favor.
Los documentos que sí puedes pedir, y qué prueba cada uno
Como no hay registro público de altas, lo que queda es pedir. Estos tres son concretos y se consiguen en minutos:
1. Certificado de situación censal. Lo emite la Agencia Tributaria, y su propio procedimiento —«Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Situación Censal»— dice que sirve para «acreditar mis datos en el Censo como obligado tributario o empresario, profesional o retenedor». Lo pide el interesado, no tú: por eso se lo pides a él. Es el documento que demuestra que está de alta y con qué actividad.
2. Certificado de estar al corriente de obligaciones, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social. Igual que el anterior: lo saca el titular. No te dice si trabaja bien, pero sí si está donde dice estar.
3. La póliza de responsabilidad civil y el último recibo pagado. Los dos, no solo la póliza: un seguro cuyo recibo no está al día puede no estar en vigor el día del siniestro, y ese es justamente el día en que lo necesitas.
Pide los tres por correo electrónico, no de palabra. No por desconfianza: porque así queda la fecha y quedan los documentos, y porque quien trabaja en regla los tiene a mano y los manda en un rato.
Y si el reformista eres tú: estar de alta en Hacienda y en la Seguridad Social tiene un coste que debe salir de tu precio por hora, y la cuenta está en cuánto cobrar la hora como autónomo de reformas en Madrid.
En las instalaciones térmicas hay un requisito añadido: el RITE exige que las ejecute una empresa instaladora habilitada. Lo vemos en precio de instalar aire acondicionado en Madrid.
Lo que no sirve, aunque lo hayas leído
- «Me dijo que está dado de alta». No es comprobable y no deja rastro.
- Un recibo en lugar de una factura. La factura es lo que acredita quién ejecutó la obra y por cuánto. Si no hay factura, no hay a quién reclamar después.
- Aparecer en un directorio, un marketplace o un portal de reformas. Incluido este: más abajo decimos exactamente qué comprobamos y qué no.
- Las bases de datos «de verificación» de pago que aparecen en varios de esos artículos. No son registros oficiales, y lo que un registro oficial no publica, ellas tampoco lo tienen legalmente.
Qué comprueba GAO'S Home, y qué no
La verificación en GAO'S Home es voluntaria y la solicita el profesional. Cuando la pide, se comprueban su identidad y su alta (DNI y modelo 036). No comprobamos el Registro de Empresas Acreditadas, ni el registro empresarial, ni la póliza de responsabilidad civil. Y los anuncios de quien no ha solicitado la verificación se publican igual.
Por eso esta guía existe y por eso te damos el enlace al registro oficial en lugar de pedirte que te fíes de un distintivo. La comprobación que más vale es la que puedes hacer tú, en una web del Ministerio, con el CIF que te dé cualquiera que quiera trabajar en tu casa.
Cuando ya tengas a alguien, lo siguiente es el papel: qué plazos de garantía te cubren y desde cuándo cuentan está en garantía de una reforma: qué cubre la ley y cuánto dura. Cómo pedir presupuestos que se puedan comparar, en cómo pedir presupuesto de reforma en Madrid y en cómo comparar presupuestos de reforma. Y si lo que te preocupa es el dinero adelantado, el caso está desarrollado en qué hacer si el reformista desaparece con el anticipo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo comprobar yo solo si un autónomo está dado de alta en Hacienda?
No con un buscador público: esos datos no se publican. La propia prensa especializada lo reconoce —Legalcor, el 18 de enero de 2026, escribe que «no existe un registro público accesible para consultar directamente si una persona está dada de alta como autónomo debido a la protección de datos personales»—. Lo que sí puedes consultar tú mismo, si trabaja en construcción, es el Registro de Empresas Acreditadas del Ministerio de Trabajo.
¿Qué necesito para hacer la consulta del REA?
Solo el identificador: CIF de la empresa, o NIF o NIE si es autónomo. El formulario tiene dos campos y no pide certificado digital, usuario ni registro previo.
Sale «no inscrita». ¿Es una estafa?
No necesariamente. La obligación alcanza a las empresas y a los autónomos con asalariados. Un autónomo que trabaja solo puede no estar obligado. Pregúntale si va a llevar personal contratado a la obra: si la respuesta es sí y no aparece, pide explicación antes de firmar.
¿Sirve la consulta si la empresa es de otra comunidad?
El registro depende de la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde esté el domicilio social de la empresa (artículo 6.1 de la Ley 32/2006), y la consulta pública del Ministerio agrega los datos de los registros autonómicos. La inscripción, según el artículo 6 de esa ley, «tendrá validez para todo el territorio nacional».
¿Y si aparece inscrita pero hace mal el trabajo?
La inscripción acredita medios, formación en prevención y organización preventiva. No acredita calidad de acabados ni cumplimiento de plazos. Eso se protege con contrato, con calendario de pagos por hitos y con una cláusula de garantía por escrito.
Cierre
La comprobación más útil de esta guía es gratis, es oficial y tarda menos que leer un presupuesto: pídele el CIF, entra en la consulta pública del Registro de Empresas Acreditadas y mira qué sale. No resuelve todo, y su límite está dicho arriba con las palabras del Ministerio. Pero es la única que no depende de que nadie te haga un favor.
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Fuentes
- Registro de Empresas Acreditadas, consulta pública — Ministerio de Trabajo y Economía Social,
expinterweb.mites.gob.es/rea/pub/consulta.htm: campos del formulario, tipos de identificador y acceso sin autenticación. Leído el 28/09/2026. - Registro de Empresas Acreditadas, preguntas frecuentes oficiales — sujetos obligados, qué acredita la inscripción, validez de tres años y efecto de no renovar. Leído el 28/09/2026.
- Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción — artículos 2.1, 4.1, 4.2 y 6.1. Texto consolidado del BOE, última modificación de 30/12/2021. Leído el 28/09/2026.
- Agencia Tributaria — procedimiento «Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Situación Censal». Leído el 28/09/2026.
- Legalcor, «Cómo saber si alguien está dado de alta como autónomo» — inexistencia de registro público. Publicado 18/01/2026. Leído el 28/09/2026.
- CertificadosWeb, «Cómo comprobar si alguien está dado de alta como autónomo» — métodos propuestos. Sin fecha visible. Leído el 28/09/2026.
- Base de datos de GAO'S Home, tabla
listings— anuncios activos de reforma integral. Consulta de solo lectura ejecutada el 28/09/2026.
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